En el caso de que los excrementos queden en las aceras y otras zonas destinadas al tránsito de las personas, jardines y alcorques, la persona que conduzca al animal estará obligada a su limpieza inmediata.
La Delegación de Servicios Municipales facilitará gratuitamente a todos los interesados que lo soliciten, y hasta finalización de existencias, un utensilio para la recogida de los excrementos de sus perros, previa exhibición del Documento Nacional de Identidad y de la cartilla sanitaria del animal.
Los propietarios de perros deberán llevar a sus animales a los lugares destinados para realizar sus necesidades fisiológicas, y cuando en la zona no los hubiere, deberán ser retirados y depositados, una vez recogidos los mismos en bolsas debidamente cerradas, en los contenedores destinados a los residuos orgánicos.
En las zonas verdes, además de lo previsto en los apartados anteriores, los propietarios de los canes deberán evitar causar molestias a las personas, acercarse a los juegos infantiles, penetrar en las zonas de césped, en los macizos ajardinados, incluidas las playas.
El incumplimiento de lo previsto en este Bando, por estar debidamente tipificado en la Ordenanza Municipal de Limpieza Pública y calificado como falta grave, podrá ser sancionado con multa de 150,25 € a 240,40 € .