Según el artículo 155 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, los propietarios de terrenos, construcciones y edificios, tienen el deber de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, realizando los trabajos y obras precisos para conservarlos.
De igual modo, la ORDENANZA ESPECIAL REGULADORA DE LA LIMPIEZA Y VALLADO DE SOLARES Y OBRAS, cuyo texto íntegro y definitivo fue publicado en el BOP de Cádiz num. 64 de fecha 4 de abril 2012, establece la obligación de los propietarios de solares y obras situados en el término municipal de Chipiona de mantenerlos en adecuadas condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, así como de vallar los solares y parcelas existentes, con objeto de evitar el depósito de basuras, mobiliario, materiales, y otros residuos en general.